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LOTAIP: LEY DE TRANSPARENCIA

Artículo 7:

"Difusión   de   la  Información  Pública.-  Por  la transparencia  en  la  gestión  administrativa  que  están obligadas a observar  todas  las  instituciones del Estado que conforman el sector público  en  los términos de los artículos 253 y 264 de la Constitución Política de  la  República  y  demás  entes  señalados  en  el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web,  así  como  de  los  medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada,  que  para  efectos  de  esta  Ley,  se  la  considera de naturaleza obligatoria."
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Trabajando por el desarrollo

 
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Av. 15 de agosto (frente a la Plaza Civica)
 
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